La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) cuenta con 214 mil 157 efectivos, de los cuales 188 mil 900 son hombres y 25 mil 257 mujeres.
Unión Guanajuato
En la SEDENA hay tropa, oficiales, jefes y generales. Esto grados en la escala jerárquica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos tienen por objeto el ejercicio de la autoridad: de mando militar, de actividad técnica o administrativa.
Los militares que forman parte del Ejército Mexicano y Fuerza Aérea reciben una remuneración mensual, la cual es denominada haberes. Además, por su servicio cuentan con una serie de prestaciones que complementen su ingreso.
Estos son los rubros que componen el ingreso de los efectivos en SEDENA:
- Haberes. Remuneraciones al personal que desempeña sus servicios en el Ejército, Fuerza Aérea y Armada Nacionales.
- Sobrehaberes. Remuneraciones adicionales que se cubre al personal militar en activo en atención al incremento en el costo de la vida o insalubridad del lugar donde preste sus servicios.
- Compensación Técnica al Servicio. Asignaciones destinadas a cubrir servicios transitorios que presten los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión y su personal administrativo, así como el personal civil y militar, diferentes a los señalados en la partida 13403 compensaciones por servicios especiales.
- Compensación Garantizada. Asignaciones que se otorgan de manera regular y se pagan en función de la valuación de puestos y del nivel salarial a los servidores públicos de enlace, de mando y homólogos, en términos de los tabuladores autorizados.
- Asignaciones Adicionales al Sueldo, Despensa y Ayudas para servicio. Importes en efectivo que el ejecutivo federal otorga a los servidores públicos de las dependencias y entidades como apoyo a la economía familiar. Incluye previsión social múltiple, compensación por desarrollo y capacitación, entre otras.
- Asignaciones de Técnico Especial. Remuneraciones complementarias a los haberes de los Generales del Ejército y Fuerza Aérea, así como de los Almirantes de la Armada que sean autorizadas por el titular del ramo y las que éste mismo autorice en casos especiales para los Jefes y Oficiales del Ejército y Fuerza Aérea, Capitanes y Oficiales de la Armada.
- Fondo de Ahorro (F.A.). Asignaciones destinadas a cubrir las cuotas que corresponden al Gobierno Federal para la constitución de este fondo, en los términos de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
- Seguro Colectivo de Retiro (S.C.R.). Asignaciones destinadas a cubrir las primas que correspondan a las dependencias y entidades, por concepto del seguro colectivo de retiro del personal a su servicio, según acuerdos contractuales establecidos.
- Impuesto Sobre la Renta (I.S.R.). Es el pago a que están obligadas las personas físicas y las morales, conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, aplicándose al personal militar en cumplimiento a lo estipulado en el Título IV, Capítulo I de esta Ley y mismo Título y Capítulo de su Reglamento.
Aguinaldo y prima vacacional
Por ley, los integrantes del Ejército Mexicano y Fuerza Aérea reciben también aguinaldo y prima vacacional.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los civiles empleados de la iniciativa privada deben recibir al menos 15 días de aguinaldo y 25% del monto percibido por el periodo de vacaciones.
En el caso de los militares que forman parte de la SEDENA, este es el monto que perciben por ambos conceptos:
- Prima vacacional. Anualmente se cubre 20 (veinte) días de haberes (sueldo base) por concepto de prima vacacional.
- Aguinaldo. 40 (cuarenta) días de haberes (sueldo base) por concepto de gratificación de fin de año.