Este 2025 las personas fisicas deberán presentar su declaración anual del ejercicio fiscal 2024 en abril de 2025, aquí te contamos quiénes están excentos de hacer esta declaración ante el SAT
La Silla Rota
En México como en muchos países del mundo, los ciudadanos tienen obligaciones ante las autoridades fiscales, tal es el caso de presentar la declaración anual de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo cual en esta ocasión te contamos quiénes no están obligados u obligadas a presentar esta declaración en 2025.
En este sentido, el SAT ha implementado diferentes medidas para simplificar los procesos fiscales en años recientes, las cuales resultan favoralbles para algunos contribuyentes, pues los exime de la obligación de presentar la declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal correspondiente.
Lo anterior tiene la intención de reducir la carga administrativa de personas físicas y pequelas empresas. De este modo entre las personas que no están obligadas a presentar su declaración anual son los trabajadores con igresos por salario de un solo patrón y no exceden los 400,000 pesos anuales.
Asimismo, las personas con ingresos mixtos, es decir aquellos que recibieron salario e intereses nominales que no exceden los 20,000 pesos anuales que provienen de instituciones financieras reguladas, no están obligados a presentar su declaración anual. A continuación, te mencionamos quipenes más están excentos:
*Personas sin ingresos
*Contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos y personas morales con ingresos de hasta 35 millones de pesos, siempre y cuando cumplan con sus declaraciones mensuales
Contexto: ¿Por qué debo tener mi e.firma vigente para hacer mi declaración anual?
Según la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), es importante que los contribuyentes que presentarán su declaración anual del ejercicio fiscal 2024 en abril de 2025 tengan tengan su contraseña y/o su e.firma vigentes, debido a que son indispensables para realizar algunos trámites durante la declaración anual ante el SAT.
En tanto, aquellas personas que cuenten con saldo a favor de ISR que sea mayor a 10,000 pesos tendrán que usar su e.firma de manera obligatoria, mientras tanto, si cuentas con saldo a favor de ISR y este es menor a 10,000 pesos, puedes usar tu contraseña.
Esto debes hacer para solicitar la devolución automática de saldo a favor en tu declaración anual ante el SAT
Si realizas tu declaración anual y cuentas con saldo a favor, para que se haga tu devolución automática debes presentarla a más tardar el 31 de julio. Además, si el saldo a favor de la declaración anual del ejercicio fiscal del año inmediato anterior excede los 150,000 pesos, debes solicitar tu devolución del saldo por medio del Formato Electrónico de Devoluciones.