Ojinaga Chih.- El reparto de utilidades ya empezó, pero hay algunos trabajadores que recibirán su dinero días después que otros
Muchos trabajadores piensan que ya deben de recibir sus utilidades por el reparto de utilidades que se realiza cada año como parte de un derecho de los trabajadores a recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, tal y como lo indica la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo mejor conocida como Profedet, indico el lider de la CTM local.
El reparto de utilidades lo deben de recibir los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más y que tengan más de un año en funcionamiento. En contraste, los trabajadores que no tienen derecho a recibir utilidades son:
*Trabajadores domésticos
*Directores
*Administradores
*Gerentes generales
*Profesionistas
*Artesanos
*Técnicos
*Otros mediante el pago de honorarios
*De nueva creación durante su primer año de funcionamiento.
*Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
*Instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
*Empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.
*Instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
¿Quiénes recibirán utilidades en mayo del 2024?
De acuerdo con la Profedet, los trabajadores que recibirán su pago por el reparto de utilidades del año 2024 en el mes de mayo son los que trabajan para personas físicas, es decir, para un patrón, porque la ley indica que para ellos las utilidades deben empezar a repartirse a partir del primer día hábil de mayo hasta el último día hábil de junio.
Mientras que, los trabajadores que laboren para empresas o personas morales tienen el derecho de recibir sus utilidades a partir del primer día hábil de abril y hasta el último día hábil de mayo. De no cumplirse esos plazos, podrás reclamar ante la Profedet.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades. Si el reclamo sale a su favor, para el siguiente año de reparto de utilidades caerá el pago no recibido en su momento.