El diputado Juan Francisco Espinoza Eguía, perteneciente al PRI, ha presentado una iniciativa que busca adicionar el artículo 39 de la Ley de Aguas, para que la Comisión Nacional del Agua destine recursos adicionales cuando la capacidad de distribución y administración de agua de una entidad sea menor al 20 por ciento y su infraestructura instalada provoque sequías extraordinarias.
La iniciativa, que ha sido turnada a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, establece que estos recursos provendrán del programa de Operación y Mantenimiento de Infraestructura Hídrica. Se propone que hasta un 30 por ciento del presupuesto de este programa sea destinado a reforzar los sistemas de aguas locales en un plazo no mayor a 30 días desde que se alcance este nivel crítico, garantizando así el abasto de agua para consumo humano y la protección de actividades económicas prioritarias.
En la exposición de motivos, Espinoza Eguía subraya la importancia de que las autoridades incorporen un esquema de acción e intervención inmediata en casos de sequías extremas. Este enfoque busca prevenir afectaciones prolongadas tanto a las personas como a los sectores económicos debido a la escasez de agua.
El diputado señaló que, aunque la Ley de Aguas Nacionales ya contempla acciones del Ejecutivo Federal en esta materia, su propuesta pretende que las autoridades activen los protocolos de emergencia basándose en la capacidad de distribución de cada entidad. Esto permitiría establecer un parámetro mínimo a partir del cual el Estado intervenga de forma inmediata.
Espinoza Eguía destacó que actuar rápidamente ante las sequías resultará en mayores beneficios para la población y reducirá las pérdidas económicas en diversos sectores del país. Además, enfatizó la necesidad de que México sea líder en la implementación de acciones para combatir el cambio climático y proteger la vida humana, dado que el país alberga a más de 130 millones de personas y una gran diversidad de ecosistemas y especies únicas.
La propuesta establece que, en situaciones donde la capacidad de distribución y administración de agua de una entidad sea menor al 20 por ciento debido a sequías extraordinarias, Conagua deberá destinar recursos adicionales del Programa de Operación y Mantenimiento de Infraestructura Hídrica, hasta por un 30 por ciento del presupuesto del programa, en un plazo no mayor a 30 días.
Además, el segundo transitorio de la iniciativa estipula que la Conagua determinará, en colaboración con los Sistemas de Aguas de cada entidad, la capacidad de distribución y administración de agua, considerando factores como el sistema de drenaje, abastecimiento, presas, cuencas y otros cuerpos de agua disponibles.