La Pensión Bienestar para Adultos Mayores forma parte de los diversos programas sociales que otorga el Gobierno de México en coordinación con la Secretaría del Bienestar a las personas de la tercera edad, quienes bimestralmente reciben una cantidad económica a través de sus tarjetas del Banco Bienestar o por ordenes de pago. En AS México te decimos la fecha del deposito de septiembre.
¿Quiénes pueden recibir la Pensión Bienestar?
El programa social que brinda el Gobierno de México esta dirigida a todas las personas adultas mayores de 65 años de edad que viven en alguna de las 32 entidades del territorio azteca.
El objetivo del beneficio económico de la Pensión Bienestar es que las personas de este rango de edad cuenten con el dinero suficiente para cubrir sus necesidades, asimismo contribuye al bienestar de las personas de la tercera edad a través de la entrega de una pensión no contributiva que ayude a mejorar las condiciones de vida y que a su vez permita el acceso a la protección social.
¿Cuándo depositan el pago de septiembre de la Pensión Bienestar?
¡Toma nota! Los adultos mayores afiliados a la Pensión Bienestar recibirán en los primeros días del mes de septiembre del 2023, su quinto pago correspondiente al calendario de pagos, mismo que será por la cantidad de 4 mil 800 pesos del periodo septiembre-octubre.
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Luego de que las y los beneficiarios reciban su pago de septiembre, tan sólo les resta un último cobro de este 2023, mismo que recibirán hasta el mes de noviembre por la misma cantidad de dinero y el periodo será de noviembre y diciembre.
Calendario completo de los pagos del 2023
- Enero-Febrero: 4 mil 800 pesos
- Marzo- Abril y Mayo-Junio: 9 mil 600 pesos (Edomex y Coahuila) y 4 mil 800 pesos para el resto de beneficiarios.
- Mayo-Junio: 4 mil 800 pesos
- Julio-Agosto: 4 mil 800 pesos
- Septiembre-Octubre: 4 mil 800 pesos
- Noviembre- Diciembre: 4 mil 800 pesos
Datos importantes sobre la Pensión Bienestar
- El Gobierno de México creó en el año 2019 la Pensión Universal no contributiva llamada “Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores”.
- Para 2020, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publica el decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4° de la Constitución Mexica un rango de “constitucionalidad” al derecho de una pensión no contributiva para todos los adultos mayores del país; siempre y cuando tengan más de 65 años de edad.