(msn) Han estado circulando rumores sobre el supuesto adelanto del tercer pago de 2025 con motivo de Semana Santa a los beneficiarios de las Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad y Pensión Mujeres Bienestar, pero se trata de una noticia falsa.
Fue el pasado mes de marzo cuando la Secretaría de Bienestar depositó el pago del segundo bimestre del año a los beneficiarios de las Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad y Pensión Mujeres Bienestar de forma directa en la tarjeta del Banco del Bienestar.
Y no será sino hasta el próximo mes de mayo cuando los beneficiarios de las Pensiones Bienestar reciban el tercer pago del año, el cual corresponderá al bimestre mayo-junio. Los únicos a los que no se les depositará el siguiente mes es a quienes viven en Durango y Veracruz, puesto que a estos se les adelantó el bimestre próximo debido a que se encuentran en proceso electoral por las elecciones estatales del 1 de junio.
Como resumen, no habrá pago adelantado por vacaciones de Semana Santa a beneficiarios de las Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad y Pensión Mujeres Bienestar este mes de abril, aunque lo que sí estará activo será el registro.
Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores (6 mil 200 pesos bimestrales)
Requisitos
*Tener 65 años o más de edad cumplidos dentro del bimestre de incorporación.
*Ser mexicano o mexicana por nacimiento o naturalización con domicilio actual en la República Mexicana.
Documentos
*Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla militar, cédula profesional, credencial del Inapam o carta de identidad).
*CURP de impresión reciente.
*Acta de nacimiento legible.
*Comprobante de domicilio no mayor a 6 meses (teléfono, luz, gas, agua o predial).
*Teléfono de contacto (celular y de casa).
Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad (3 mil 200 bimestrales)
Requisitos
*En el caso de las entidades federativas que han firmado el convenio para la universalización de la pensión, tener menos de 65 de edad. En los estados sin el convenio, tener menos de 30 años de edad. En estas últimas entidades, los habitantes de 30 a 64 años pueden recibir la pensión si viven en municipios o localidades indígenas, afromexicanas o con alto o muy alto grado de marginación.
*Certificado y/o constancia médica que acredite la discapacidad permanente emitido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.
*En caso de que el o la solicitante del programa no pueda acudir personalmente al registro, tiene derecho a nombrar a una persona auxiliar para que acuda en su representación, quien deberá presentar una identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.
ocumentos
*Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla militar, cédula profesional, credencial del Inapam o carta de identidad).
*CURP de impresión reciente.
*Acta de nacimiento legible.
*Comprobante de domicilio no mayor a 6 meses (teléfono, luz, gas, agua o predial).
*Teléfono de contacto (celular y de casa).
Pensión Mujeres Bienestar (3 mil pesos bimestrales)
Requisitos
*Ser mujer.
*Tener de 63 a 64 años, en caso de no pertenecer a comunidades indígenas o afromexicanas, y de ser el caso, de 60 a 64 años. (A partir de agosto el registro general será de 60 años en adelante).
Documentos
*Identificación oficial vigente (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional, credencial de Inapam, carta de identidad).
*Acta de nacimiento legible.
*CURP (impresión reciente).
*Comprobante de domicilio (no mayor a 6 meses: teléfono, luz, gas, agua, predial).
*Teléfono de contacto (celular y casa).
El registro de las Pensiones Bienestar se lleva a cabo, única y exclusivamente, en los módulos de Bienestar, es decir, no se puede realizar en línea.