El SAT elimina el uso de la CURP en dos trámites clave. Descubre cuáles son y cómo afectará a los contribuyentes. ¡Infórmate aquí!
La Cronica
En el marco de una serie de medidas implementadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se ha decidido que dos trámites que deben realizar todos los contribuyentes que sean personas físicas ya no requieren la presentación de la Clave Única de Registro de Población (CURP), la cual era obligatoria anteriormente.
Con estas nuevas disposiciones, que entraron en vigor en octubre, se busca “agilizar los trámites y proporcionar una atención óptima al contribuyente, tanto de manera presencial como remota”.
El objetivo de esta decisión es simplificar ciertos procedimientos para todos los tributantes, por lo que ahora solo será necesario presentar un documento específico.
Trámites que ya no requieren la CURP y el nuevo documento necesario
Según un comunicado oficial emitido por el SAT, a partir de octubre, los ciudadanos que deseen realizar la inscripción en el RFC de personas físicas o en la e.firma ya no estarán obligados a presentar la CURP. En su lugar, únicamente deberán presentar la credencial para votar vigente emitida por el INE, asegurándose de que el campo de “domicilio” esté completo y legible.
Además, se aclara que aquellos individuos cuya e.firma haya expirado hace menos de un año no requieren realizar el trámite de forma presencial, ya que tienen la opción de llevarlo a cabo a través de los canales remotos. Sin embargo, si optan por realizar el trámite en las oficinas del SAT, el organismo indica que solo es necesario presentar una memoria USB e identificarse mediante la huella digital.