Son ilegales arrestos, clausuras y hasta censura a manifestaciones: abogado especialista en amparos
César Lozano/ El Diario
Chihuahua.- Por ser violatorio a las garantías individuales y limitar el derecho de libre manifestación, el decreto que emitió el gobernador del Estado y que dio a conocer de manera reciente, resulta “inconstitucional”, afirmó ayer Héctor Villasana, abogado litigante especialista en amparo.
“El problema se suscita en el artículo 17 del decreto, en el que se establece el arresto por hasta 36 horas a personas que interfieran o se opongan al ejercicio de la función y a las personas, dice el decreto, que en rebeldía, cualquier cosa que esto signifique, se niegue a cumplir los requerimientos o disposiciones”.
Villasana, indicó que si bien, el Ejecutivo y la Secretaría de Salud tienen competencias para emitir las reglas que presentaron el domingo, extralimitan sus funciones, llegando incluso a la arbitrariedad y violaciones a la Constitución Federal, máximo documento que rige la vida pública en el país.
El abogado fue enfático al señalar que las autoridades no pueden aplicar arrestos de manera arbitraria cuando se presenten hipótesis de rebeldía o de oposición a medidas sanitarias, que debieran partir de la conciencia ciudadana, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció mecanismos alternativos previos al arresto de cualquier persona.
“En el rango de las sanciones, en donde se dice que procede el arresto hasta por 36 horas, ese es inconstitucional porque viola el cuarto párrafo del artículo 21 de la Constitución en el que establece que le compete a la autoridad administrativa la aplicación de las sanciones y estas consisten en una multa o en trabajo a favor de la comunidad o en arresto hasta por 36 horas, entonces, previo al arresto la SCJN ha establecido que se le debe dar la opción al gobernado, para que elija o por multa o por trabajo a la comunidad y si incumple en cualquiera de estos, viene el arresto”.
Clausuras, revocaciones y censura
El decreto contiene más puntos controversiales desde un ángulo constitucional; el abogado refiere aspectos como la censura a la libre manifestación bajo la pena de clausura o revocación de permisos, en específico hacia los dueños de bares y antros, que han sido relegados de las actividades permitidas, siendo que restaurantes y otros giros sí han tenido consideraciones por parte de la autoridad, violando así el principio de igualdad entre particulares.
“Las violaciones por parte del decreto se darían cuando se proceda a una clausura o revocación del permiso o de la licencia que se obtenga. Antes de ir a revocar la concesión, licencia, tienes que ir primero a las sanciones administrativas como multa o administración y conforme a reincidencia pudiera venir la revocación, pero no de manera automática”.
Advirtió que mediante el decreto del Ejecutivo se pueden caer en excesos tales como que, con el pretexto de la contingencia sanitaria se viole la Constitución, sin que existan consecuencias por ello ni garantías a los derechos de los ciudadanos contra la acción del Estado.
“Y luego lo más inconstitucional, grave y autoritario son las expresiones del gobernador cuando refiere que se va a sanciona a aquellas personas que están ejerciendo su derecho constitucional de protesta, eso evidentemente es inconstitucional y más cuando es una arbitrariedad, que por una manifestación libre de ideas que protege la constitución, traiga como consecuencia que venga una amenaza de que los ciudadanos que tienen licencia de bares y alcoholes y en su legítimo derecho como lo hicieron los de los gimnasios en su momento, están ejerciendo su derecho a expresarse, les retiren las concesiones”.
El especialista en amparo comentó que hasta el momento sólo dueños de gimnasios le han solicitado asesoría, y desconoce si en otros despachos los dueños de bares y antros tengan planes de realizar acciones legales ante la discriminación de la cual se dicen víctimas.