Programas para el Bienestar dio a conocer el monto extra que recibirían de las pensiones del Bienestar por esta razón
La Silla Rota
Los programas sociales en México están diseñados para mejorar la calidad de vida de la población, especialmente de los sectores más vulnerables, es decir, los sectores más vulnerables son aquellos que enfrentan mayores dificultades económicas, sociales y de acceso a servicios básicos.
Por eso, a través de diversas iniciativas, el gobierno busca garantizar el acceso a derechos fundamentales como educación, salud, alimentación, vivienda y empleo. En el ámbito educativo, existen apoyos económicos para estudiantes de distintos niveles, con el objetivo de evitar la deserción escolar y fomentar la permanencia en las aulas.
En salud, el gobierno ha implementado estrategias para ofrecer atención médica gratuita y medicamentos a quienes no cuentan con seguridad social, asegurando así el acceso a servicios básicos, por ejemplo, en 2025 empezará a operar Salud Casa por Casa para que los adultos mayores y personas con discapacidad reciban atención médica y medicamentos en su casa.
Y eso sin contar, las pensiones destinadas a adultos mayores y personas con discapacidad, así como la nueva Pensión Mujeres Bienestar, que será un apoyo económico para las mujeres de 60 a 64 años para que ya no tengan la necesidad de esperar hasta los 65 años de edad para solicitar su Pensión del Bienestar.
¿Qué otro pago se puede recibir por las pensiones?
De acuerdo con la Secretaría del Bienestar cada dos meses se realizará un registro para nuevos beneficiarios de pensiones del Bienestar y uno de los requisitos, es registrarse el beneficairio y además una persona adulta auxiliar como respaldo ante cualquier situación que se llegue a presentar.
En este sentido, uno de los pagos extra por recibir una de las pensiones del Bienestar se trata del Pago de Marcha, que de acuerdo con las Reglas de Operación de la Pensión del Binestar, en caso de fallecimiento de la persona derechohabiente, se entregará a su persona adulta auxiliar registrada en el Programa por única vez el apoyo económico por concepto de Pago de Marcha.
Para la emisión de este apoyo, será indispensable que la persona adulta auxiliar, no haya recibido ningún pago posterior a la fecha de fallecimiento de la persona derechohabiente. De ser así, el Pago de Marcha podrá ser solicitado por la persona adulta auxiliar, presentando identificación oficial y original del acta de defunción y/o constancia médica emitida por alguna institución oficial pública para cotejo, que certifique dicha circunstancia.
El reporte y documentación tiene que ser dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento de la persona derechohabiente, en caso de no informarlo durante este periodo, se perderá el derecho de este apoyo. Pero, si realizaste todo el proceso en tiempo y forma, el Pago de Marcha se emitirá al bimestre siguiente después de notificar el fallecimiento y que haya sido capturado por la Delegación de Programas para el Desarrollo.
Este será el monto de Pago de Marcha en 2025
A través de redes sociales se dio a conocer el monto que se entregará por Pago de Marcha para cada pensión del Bienestar y que se entrega en una única ocasión:
Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 3,100 pesos.
Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad 1,600 pesos.
Pensión Mujeres Bienestar 1,500 pesos.