La reforma al Poder Judicial ‘achica’ la Corte, sustituye al CJF y pone tope a sueldos. Aquí te contamos los detalles:
Reforma
La iniciativa de reforma al Poder Judicial “achica” a la Suprema Corte, sustituye al Consejo de la Judicatura Federal y señala que en 2025 se celebrará una elección extraordinaria. Aquí te contamos los detalles:
El Consejo de la Judicatura
Será sustituido con la creación de dos órganos: el de administración judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial.
El Tribunal de Disciplina Judicial recibiría denuncias, investigaría y sancionaría a ministros, magistrados y jueces.
El órgano de administración judicial estaría dotado de independencia y de autonomía técnica y de gestión para emitir sus resoluciones. Estaría separado funcional y orgánicamente de la Suprema Corte.
La Suprema Corte de Justicia
Se reduciría de 11 a 9 Ministras y Ministros.
Se propone también la eliminación de las dos Salas con las que actualmente cuenta, a fin de que sea el Pleno quien conozca y delibere sobre todos los asuntos que lleguen al máximo tribunal. En los términos que la ley disponga, las sesiones del Pleno serán públicas.
Las Ministras y Ministros de la SCJN durarán en su encargo 12 años improrrogables, es decir, una reducción de tres años al periodo actual, a fin de homologarlo con el periodo máximo de duración de otros cargos de elección popular, como diputados federales o senadores.
El Tribunal Electoral
El periodo del encargo de las magistradas y magistrados electorales de la Sala Superior, así como de las salas regionales, será de seis años improrrogables.
Presidencias
La presidencia de la Corte y del Tribunal Electoral ya no serán designadas por sus integrantes, sino que recaerá en quien obtenga la mayor cantidad de votos y prohíbe la creación y el funcionamiento de fideicomisos en el Poder Judicial.
Voto popular
Las y los Ministros de la SCJN, las Magistradas y los Magistrados de Circuito, las Juezas y los Jueces de Distrito y las Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial serán elegidos de manera directa y secreta por la ciudadanía.
Elección extraodinaria
Habrá una elección extraordinaria que se celebrará el primer domingo de junio de 2025 para renovar la totalidad de los Ministros, los cargos de jueces y Magistrados que se encuentren vacantes y las dos magistraturas pendientes en la Sala Superior del Tribunal Electoral.
Se propone poner a consideración de la ciudadanía una lista de 30 aspirantes a ministros, 10 de ellos propuestos por el Presidente, otros 10 por el Congreso y 10 más por la Suprema Corte.
Campañas
En materia de campañas, los candidatos tendrán acceso igualitario a la radio y la televisión y podrán participar en debates en medios de comunicación, pero no podrán recibir financiamiento de ningún tipo, contratar espacios en medios y los partidos no podrán manifestarse a favor de alguna candidatura.
Las campañas durarán 90 días y no hay precampaña.
Tómbola
Se propone la creación de tres Comités de Evaluación –uno en cada uno de los Poderes– que tendrán como tarea recibir los expedientes de los aspirantes que participarían en la elección directa de Jueces, Magistrados y Ministros, determinar su idoneidad e integrará los listados de candidatos.
No obstante, establece que, en caso de que los listados excedan el número de aspirantes requeridos, los Comités podrán recurrir a la tómbola para ajustarlos.
El Senado, a su vez, enviará los listados al Instituto Nacional Electoral a más tardar el 12 de febrero del año de la elección.