Únicamente puede incrementarse por la inflación anual o si detectas y acreditas un error en el cálculo de pensión
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Al recibir la resolución de pensión bajo la Ley 73 del Seguro Social ya no es posible aumentar por tu cuenta el monto mensual. Únicamente puede incrementarse por la inflación anual o si detectas y acreditas un error en el cálculo de pensión.
Cuando culminas tu trámite de pensión bajo la Ley 73 del Seguro Social recibes la resolución de pensión, un documento que estipula el monto mensual que recibirás de acuerdo con el cálculo de pensión del IMSS, el cual toma en cuenta los siguientes factores:
Número de semanas cotizadas ante el IMSS: Se necesitan al menos 500 para iniciar el trámite.
Promedio salarial de los últimos 5 años.
Edad de retiro: Puedes pensionarte por Cesantía en Edad Avanzada (entre los 60 y 64 años de edad) o por Vejez (a partir de los 65 años de edad).
Una vez que comienzas a recibir tu pensión puedes incrementar un poco el monto de tu pensión únicamente en caso que detectes un error en el cálculo de pensión o que haya un aumento por la inflación anual.
Al detectar un error en el cálculo de pensión
Puedes presentar la Solicitud de modificación de pensión por hechos que inciden en el cálculo o en el monto del pago, si es que detectas algún error o también puedes solicitar que se registre a un nuevo beneficiario con derecho para que se incremente el monto de tu pensión mensual.
Para presentar la solicitud es necesario acreditar que uno o más de los siguientes supuestos afectó el monto asignado durante el cálculo de tu pensión:
Error en el número de semanas cotizadas: En caso de que no se hayan contabilizado bien y falte agregar más semanas a las que se consideraron originalmente.
Error en el cálculo del Salario Base de Cotización.
Errores aritméticos o informáticos.
Acreditar el vínculo filial con el nuevo asignatario hijo, así como el vínculo filial y dependencia económica del nuevo asignatario padre o madre.
¿Qué beneficiarios puedo agregar para incrementar mi pensión?
El pensionado recibirá una ayuda económica denominada asignación familiar, por concepto de carga familiar por los beneficiarios que no se hayan registrado al amparo del régimen de la Ley del Seguro Social 1973, considerando integrar a los siguientes tipos de beneficiarios:
Esposa o concubina del pensionado: 15%
Para cada uno de los hijos menores de 16 años del pensionado: 10%
A cada uno de los padres del pensionado si dependen de él: 10%
Ayuda asistencial al no tener esposa o concubina, ni hijos que dependan de él: 15%
Si el pensionado solo tiene un padre con derecho al disfrute de la pensión: 10%
Aumento de pensión por inflación anual
Los montos de pensión se actualizan cada año debido a la inflación, tomando como base de cálculo el Índice Nacional de Precios al Consumidor, que establece la variación anual dada a conocer por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
¿Cuánto aumentará la pensión del IMSS en el 2023?
Los pensionados bajo la Ley 73 del Seguro Social tuvieron un aumento del 12.8% en su pensión a partir de enero de 2023 de acuerdo con el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PPEF).