Para este periodo dos combustibles quedaron fuera del estímulo fiscal, el tercero tuvo una reducción del mismo
El Heraldo de México
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), bajo la rúbrica del subsecretario Gabriel Yorio González, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes, los montos del estímulo fiscal y las cuotas disminuidas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), así como las cantidades por litro aplicables a los combustibles, correspondientes al periodo del 17 al 23 de junio de 2023.
En el decreto se establece que Hacienda eliminó el estímulo fiscal destinado al IEPS del diésel y recortó el de las gasolinas. Además, dejó fuera a la gasolina Premium (o mayor a 91 octanos), así como el combustible no fósil.
Esto después de que el periodo pasado se aumentara el estímulo fiscal al combustible para el autotransporte de carga. Sin embargo, un periodo anterior también se dejó fuera, algo que no ocurría desde febrero de 2021. Los usuarios de diésel deberán pagar un impuesto de 6.5055 pesos por litro del combustible, un golpe duro para los transportistas.
En tanto, la gasolina Regular o verde (menor a 91 octanos) tuvo una disminución en el estímulo fiscal, el cual pasará de 24.32% a 22.47%. Esto quiere decir que los consumidores pagarán 4.5895 pesos de impuestos por litro de gasolina, mientras que el Gobierno federal pondrá 1.33 pesos.
Por segunda semana consecutiva, los usuarios de la gasolina Premium recibieron un fuerte “golpe” pues en este periodo se volvió a dejar sin estímulo fiscal este tipo de combustible, por lo que deberán pagar 4.9987 pesos de impuestos por litro y el Gobierno no dará nada.
¿Qué es el IEPS?
De acuerdo al Sistema de Administración Tributario (SAT) el IEPS es el gravamen que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabaco, entre otros bienes, principalmente. Igual que el IVA es un impuesto indirecto, debido a que los contribuyentes no lo pagan directamente sino que lo trasladan o cobran a sus clientes (excepto en importación) y el contribuyente sólo lo reporta al SAT.