Desde este 24 de febrero, un inmigrante que ha recibido beneficios del gobierno como asistencia alimentaria, sección 8, Medicaid y otros, puede perder el beneficio migratorio.
En un fallo de 5 a 4 la Corte Suprema dictaminó el año pasado, que la propuesta de la administración del presidente Trump para expandir la carga pública a quienes tengan la posibilidad de pedir asistencia del gobierno, ahora o en el futuro, puede entrar en efecto inmediatamente.
El fallo levanta la prohibición del juez de distrito de Nueva York, George B. Daniels, quien había impedido poner en práctica la medida, desde octubre del 2019.
Las asistencias y beneficios que hacen de una persona “carga pública” según la nueva medida son: la asistencia alimentaria, el programa para viviendas ‘Sección 8’, el Medicaid financiado por el gobierno federal (con algunas excepciones), y la asistencia financiera o en efectivo otorgada por alguna entidad federal.
“Si en un período de 3 años la persona recibe o podría recibir por 12 meses consecutivos esa ayuda, el gobierno no permitirá que la persona ingrese a los Estados Unidos como residente”, comenta el abogado especialista en inmigración, Irving Gonzalez.
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